REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES

Los Teques, 16 de junio de 2.003.
192º. y 144º.


Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control de esta Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, en fecha 02/05/2003, publicada en fecha 09/05/2003, mediante la cual se sentenció SE OMITE IDENTIFICACION, a cumplir las medidas de: 1) IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, la cuales consisten en: Continuar con sus estudios educativos, a tales efectos deberá consignar titulo de bachillerato obtenido en su forma original y notas certificadas de igual forma; Así como también constancia de estudios ante el Tribunal competente, en un lapso no mayor de cuarenta y cinco días (45); Prohibición de frecuentar locales donde se realicen juegos de envite y azar y/o expendan bebidas alcohólicas, abstenerse de cometer nuevos delitos, por un periodo de un (1) año y 2) SERVICIOS A LA COMUNIDAD; Que este Tribunal de Ejecución tenga a bien de designarles por un lapso de seis (6) meses, por ser responsable de la comisión del delito de Aprovechamiento de vehículo automotor proveniente del Robo previsto en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en agravio del OMITIDA IDENTIFICACION. Désele entrada y anótese en los libros que para tal fin lleva este Tribunal. Así mismo, a los fines de la ejecución de las medidas impuestas, se acuerda la citación del ciudadano anteriormente identificado, quien deberá comparecer el día miércoles 25/06/2003, a las 10:00 a.m., y una vez lograda la comparecencia del mismo, se oficiará a los Organismos correspondientes, para que se encargue de velar por el cumplimiento de las medidas impuestas, de conformidad con lo establecido en el artículo 643 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, debiendo informar a este Tribunal sobre la fecha de inicio de cumplimiento de la medida y periódicamente sobre la evolución del joven en el cumplimiento de las mismas. Notifíquese a la Representante del Ministerio Público y a la Defensora Pública. Cúmplase.-
La Juez.,

CONSTANZA GONZALEZ FRANCO




LA SECRETARIA
ABG. GINETH OUTUMURO PULIDO

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.Conste.-

LA SECRETARIA
ABG. GINETH OUTUMURO PULIDO
CGF/GOP/gha
1E-203/2003