REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION
BARLOVENTO
Guarenas, 11 de Junio de 2003
Vista la solicitud interpuesta por el ciudadano RAMON ALEXANDER ESCALANTE en su carácter de imputado en la causa “C12.964-02, en el sentido que le sean suspendidas las presentaciones que este Tribunal le impuso como medida cautelar, en virtud de no haber presentado el Ministerio Público acusación en su contra por la comisión del delito de Robo de Vehículo, previsto y sancionado en el artículo 5° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, este Tribunal NIEGA la suspensión solicitada, toda vez que el imputado no justifica los motivos de su solicitud por razones de estudio o trabajo. No se libra Boleta de Notificación al solicitante por cuanto no indico domicilio en su solicitud y el expediente original donde aparece su dirección de habitación fue remitido a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público. Remítase la presente solicitud y sus resultas a la referida fiscalía. CUMPLASE.-
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
Dra. ITALA DUARTE ORTEGA
LA SECRETARIA
Abg. FABIOLA GOMEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
Abg. FABIOLA GOMEZ
ACT. 2C12964/02