REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSIÓN BARLOVENTO
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL


Guarenas, 04 de Junio del 2003.
193° Y 144°

Asunto: 3C-14134-03

Con fundamento en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, procede esta juzgadora a revisar la medida de privación judicial preventiva de libertad, decretada en fecha 08 de Enero de 2003, contra ROGELIO AUGUSTO CONTRERAS, plenamente identificados en autos, a quien se le sigue causa por la presunta participación en el delito de HURTO CALIFICADO CONTINUADO E INCENDIO, tipos penales previstos y sancionados en el artículo 455 ordinal 4º en concordancia con el 99 y 344 del Código Penal.
Este tribunal a los fines de determinar la procedencia de la revisión de medida de privación judicial preventiva de libertad, observa que no han variado las condiciones que este Tribunal consideró y se mantienen las mismas circunstancias. En consecuencia no se ha desnaturalizados los elementos de convicción valorados por el juez de control No 3 al momento de decretar la privación judicial preventiva de libertad de conformidad con el artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal; así mismo, es un delito que merece pena privativa de libertad en su límite máximo mayor de 4 años, por lo cual es de los que se consideran como delitos graves, de forma que se sigue manteniendo la situación de excepción que origino la misma; Observa esta juzgadora que la Privación Judicial Preventiva de Libertad, no se ha prolongado por un tiempo superior de dos (2) años por lo que no se vulnera el contenido de los artículo 244 de Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia este Juzgado en Función de Control numero 3, MANTIENE LA MEDIDA, DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD impuesta, de conformidad con el artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal por considerar este Juzgado la necesidad de mantener dicha medida en virtud de la posible pena que pueda ser impuesta. Notifíquese. Cúmplase.-

LA JUEZA DE CONTROL NO 3

DRA. RUBIA CASTILLO DE VASQUEZ.

LA SECRETARIA


ALEJANDRA BONALDE