REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
En el día de hoy ocho de junio de Dos Mil Tres, siendo las 01:42 pm, hora fijada para dar inicio a la Audiencia Oral de Calificación de Flagrancia solicitada por el (la) ciudadano (a) Fiscal DECIMO SEXTO del Ministerio Público Abg. Abog. Leonardo Rosales. De seguidas el Ciudadano (a) Juez dió inicio al acto, concediéndole la palabra al ciudadano (a) Fiscal quien hizo una exposición breve de los fundamentos de su solicitud en donde hubo la aprehension de los ciudadanos presentes en sala, en virtud de una orden de allanamiento hecha por funcionarios policiales con una visita domiliaria y los respectivos testigos (Tres Testigos) constan las actas de entrevistas, donde se logro incautar lo descritos en las actas policiales la cual el fiscal procedio a narrar; asimismo solicito la aplicación del procedimiento ordinario, asimismo precalifca por el delito previsto y sacionado en el Articulo 34 de la Ley Organica de Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas como es la distribución de sustancias estupefacientes y el Artículo 264 del Ley Organica de la proteccion del Niño y del adolescentes todo en relacion al Artículo 88 del Código Penal como es la concurrencia real de delito, en contra de los imputados presentes en sala y toda vez que no encuentran dados el supuesto del articulo 253 del Código Organico Procesal Penal sino por el contrario se encuentran llenos los extremos del Artículo 250 ordinales 1,2 y 3 Artículo 251 2 y 3 y paragrafo
primero Artículo 252 1 y 2 del Codigo Organico Procesal Penal, solicito sea acordada la medida de privacion judicial preventiva de libertad en contra de todos los imputados de autos. Asimismo solicito ordene citación de las partes a los fines de que se elabore el Acta en la que se deje constancia de las acaracterisiticas y de cualquier otra circunstancia que se considere pertinete , de las sustancias incautadas , es decir, de dejar unícamente que fue lo que se incauto, todo para dar esctricto cumplimiento a la sentencia emanada del tribunal supremo de justicia , en la Sala constitucional de fecha 04-11-02 (Ponente Antonio J. García García). Asimismo pone a la vista de este Tribunal la sustancia estupefaciente incautada .-
A continuación el Juez impuso al investigado de la Imputación Fiscal y del contenido del artículo 49 ordinal 5° de la Constitución Bolivariana de Venezuela y del contenido del artículo 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal, y de confmirdad con el Artículo 136 del Código Orgánico Procesal Penal
FARIDE JOSEFINA SILVEIRA ROMERO, OSWALDO ISRAEL ORTEGA VASQUEZ y ARQUIMEDES JOSE SILVEIRA ROMERO
SALE DE SALA LOS IMPUTADOS OSWALDO ISRAEL ORTEGA VASQUEZ y ARQUIMEDES JOSE SILVEIRA , Y SE QUEDA EN SALA FARIDE JOSEFINA SILVEIRA ROMERO : quien aporto sus datos personales: Nombres y apellidos: FARIDE JOSEFINA SILVERIA ROMERO , nacionalidad: venezolana , natural de:Ocumare del Tuy Estado Miranda Fecha de nacimiento:14-09-1.977 , estado civil:soltera , profesión u oficio:Del hogar , Residenciado en: Nueva cua Estado Miranda Sector el platanal casa sin numero en una sola calle. Titular de la Cedula de Identidad N°: V- 15.475.968 quien expone . " yo sufro de un tumor , porque a mi me había dado un dolor y en ese momento que yo estoy en la casa, llega la policia y me dicen que van a revisar la casa, yo les dije bueno pasen , pero entonces ellos legaron a revisar todo y me quitaron un dinero que tenia en un paquete me lo quitaron y me quitaron
mis pertenencias, yo actualmente tengo problemas de salud, la misma consigno las constancias médicas.-
Es todo
Sale de sala FARIDA JOSEFINA y entra en sala: OSWALDO ORTEGA ISRAEL VASQUEZ quien aporto sus datos personales: Nombres y apellidos:OSWALDO ORTEGA ISRAEL VASQUEZ , nacionalidad:venezolano, natural de: Caracas Distrito Capital , Fecha de nacimiento:18-07-83, estado civil:soltero , profesión u oficio:mensajero , Residenciado en: Caracas lomas de Urdaneta Bloque 10 piso 15 apartamento 115 Titular de la Cedula de Identidad N°: V- “16.954.129 quien expone: Resulta ser que el unico de delito que he cometido es tener amores con una menor que vive en esa casa, yo me puse a conversar con ella, y un dia me quede en la casa de ella, y de repente cuando me despierto habia un funcionario policial que me estaba apuntando y despues me metieron preso .-
Es todo
Sale de sala OSCAR y entra en sala : ARQUIMEDES JOSE ROMERO
quien aporto sus datos personales: Nombres y apellidos:ARQUIMEDES JOSE ROMERO , nacionalidad: ,venezolano natural de: Ocumare del Tuy Estado Miranda , Fecha de nacimiento:10-03-1983 , estado civil: soltero, profesión u oficio: Descargador de camion de melon, Residenciado en: Barrio Platanal Nueva Cua Estado Miranda Titular de la Cedula de Identidad N°: V-“ No posee quien expone: yo estaba durmiendo y de repente llego un señor con una pistola , me levantan y me paran y me meten preso, y despues me sancan y les digo si estaba durmiendo porque me meten preso , porque me van a sembrar .- Es todo
Seguidamente entran en sala todos los imputados
Seguidamente se le concedió la palabra al(la) Defensor privado Dr. MARIO JOSE TORREALBA por el imputado OSWALDO ISRAEL ORTEGA
No comparto la precalificacion jurídica hecha por el imputado , a el no han señalado por testigos ni por nadie , el la unica relacion de mi defendido es con la hija de la dueña de esa casa , el estaba como visitante , solicito la libertad de mi defendido, asimismo insto a que se investigue sobre estos hechos y caso contrario de no dictarle la libertad plena , se le decrete una medida cautelar sustitutiva de libertad de la establecida en el Articulo 256 Del Código Organico Procesal Penal
Seguidamente se le concedió la palabra al(la) Defensor(a) Publico MIGUEL FERRER En cuanto a la imputacion hecha por el representante del Ministerio Público de conformidad con el Artículo 34 en este caso a los ciudadanos FARIDE JOSE FINA Y ARQUIMEDES JOSE ROMERO ya que ellos estaban durmiendo , ellos dicen que la droga no la tenian ellos, asimismo el dueño de la casa no estaba allí, asimismo voy a solicitar un experticia quimica que determine sobre la sustancias estupefacientes , a fin de determinar su procedencia, asimismo en beneficio de la duda , voy a solicitar en relación al tipo de droga la aplicacion de una medida cautelar de la establecida en el ordinal 3 del Articulo 256 del Código Organico Procesal Penal .-
Oídas como han sido las partes este Tribunal de Control estima que
D E C I S I O N
Oídas como han sido las partes, este Tribunal de Primera Instancia en
Funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide Como punto previo en relacion a que se ordene citación de las partes a los fines de que se elabore el Acta en la que se deje constancia de las caracterisiticas y de cualquier otra circunstancia que se considere pertinente , de las sustancias incautadas , es decir, de dejar unícamente que fue lo que se incauto, todo para dar esctricto cumplimiento a la sentencia emanada del tribunal supremo de justicia , en la Sala constitucional de fecha 04-11-02 (Ponente Antonio J. García García)este Tribunal se va a pronunciar mediante auto separado.- PRIMERO: Se acoge a lo solicitado tanto por el Fiscal del Ministerio Público como por la defensa en cuanto al procedimiento ordinario de conformidad con el Artículo 373 del Código Organico Procesal Penal. SEGUNDO: Evidentemente de las actuaciones presentadas por el representante del Ministerio Público y de lo desarrollado en esta audiencia , sobre un hecho punible que no se encuentra debidamente prescrito esto lo establece el Articulo 250 del Código Organico Procesal Penal . Asimismo de las actuaciones que conforman el presente asunto, mediante la sana critica, del juicio de valor bajo el ordenamiento legal, que hace este Tribunal considera que no hay elementos de conviccion para considerar a los imputados como los presuntos autores del hecho punlible ya que en materia penal se debe individualizar la responsabilidad penal , la cual es no evidente en la imputación hecha por el Representante del Ministerio Público, si bien es cierto que estas personas se encontraban en dicho inmueble, no es menor cierto que no son propietarios de las mismas, tambien considera este Tribunal donde fue ubicada la droga(32 envoltorios) no puede atribuirsele la tenencia o posesion de los imputados en autos al igual que dicha orden de aprehensión iba dirigida a otras personas las cuales no fueron detenidas en dicho procedimiento. Se llega a esta Conclusión del analisis de las actas policiales.- Asimismo es improcedente decretar una medida de coerción personal. En tal sentido se ordena decretar la LIBERTAD PLENA DE LOS IMPUTADOS IDENTIFICADOS EN AUTOS : FARIDE JOSEFINA SILVEIRA ROMERO, OSWALDO ISRAEL ORTEGA VASQUEZ y ARQUIMEDES JOSE SILVEIRA ROMERO . En este acto el Dr Leonardo Rosales Lacruz va ha ejercer un petitorio como es el recurso de apelacion y el efecto suspensivo de conformidad con el Artículo 374 del Código Organico Procesal Penal. Asimismo solicito una copia simple de
la presente acta.- Una vez ejercido el recurso de apelacion por parte del ciudadano fiscal contra la decision dictada en esta audiencia este Tribunal hace el siguiente pronunciamiento Considera el que quien aqui decide que el efecto suspensivo de la apelacion interpuesta por el Ministerio Público podrá tener aplicación en aquellos casos en los cuales haya sido dictada previamente por el Juez de Control la orden de Aprehensión que insta el Articulo 250 del Código Organico Procesal Penal y que el Juez despues de oir al imputado decide no ratificar , pero no para
aquellos casos en que el juez considere no estar en presencia de un delito infraganti . Igualmente considera el que decide que el recurso de apelación esepcial contemplado en el Artículo 374 pareciera procedente para el procedimiento abreviado, esto debido a donde se encuentra consagrado en el Titutlo II Del Procedimiento Abreviado (Articulo 374 del Código Organico Procesal Penal ) finalmente considera este Tribunal de acordar este efecto suspensivo se estarian violando normas y principios constitucionales como sería el caso el principio de la igualdad de las partes . por lo anteriormente expuesto este Tribunal declara sin lugar el efecto suspensivo presentado por el fiscal y en consecuencia ratifica y ordena la libertad plena de los identificados en autos. Asimismo este Tribunal ordena librar en el lapso de tres dias la copia solicitada por el ciudadano Fiscal en relacion alapresente audiencia. Líbrese la correspondiente boleta de Excarcelación. Por encontrarse presente las partes en esta Audiencia, quedaron notificadas de la presente decisión.- Siendo la 02:10pm ., culminó la presente Audiencia.-
EL JUEZ,
DR. ADRIAN DARIO GARCIA GUERRERO.
EL SECRETARIO,
.
ABOG JOSE MORENO