REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Este Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: PRIMERO: Acuerda el Procedimiento Ordinario, SEGUNDO: acuerda otorgar la Medida Cautelar contenida en el articulo 256, ordinal 3° como lo es la presentación periódica ante el alguacilazgo cada ocho días por seis meses, ordinal 6, la prohibición de comunicarse con la victima, y la contenida en el ordinal 9, debiendo presentar el imputado una constancia de estudio a los primeros ocho días de su presentación e igualmente una constancia de buena conducta. Se declara cerrada la audiencia.
El Juez
LEO MATA BLANCO
LA SECRETARIA
ABG. MARLUIZOR GARCIA MENA