REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE MENORES
EL DR. TOMAS MEJIAS MARTINEZ, EN SU CONDICION DE JUEZ SUPLENTE ESPECIAL, SE AVOCA AL CONOCIMIENTO DE LA CAUSA, Y DEJA CONSTANCIA QUE A PARTIR DE LA PRESENTE FECHA COMIENZAN A CORRER 3 DIAS DE DESPACHO PARA INTENTAR RECUSACION, UNA VEZ CULMINADO DICHO LAPSO, SE DIFIERE LA OPORTUNIDAD DE DICTAR SENTENCIA DENTRO DE LOS 30 DIAS CALENDARIO SIGUIENTES.