En el día de hoy, veintiuno (21) de marzo del 2003, siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.) se trasladó y constituyo el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Acevedo, Brión, Buróz, Andrés Bello, Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Caucagua a cargo del Dr. Juan Carlos Varela Ramos y la Secretaria Hilda Palma, en compañía del Abogado Harvey Abbruzzese W. inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.307, en su carácter de apoderado de la parte actora, como también de los ciudadanos: Freddy Oropeza, Marisela Marrera de Oropeza, Lexter José Abúsese y Horacio Castro y María Isabel Padilla, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.3.716.267; 408.321; 6.851.878; 283.069 y 625.395, respectivamente. Como también de los Auxiliares de Justicia designados en este acto, como Depositaria Judicial a la Firma La Consolidada C.A. en la persona del Dr. Carlos Rivas y como Perito Avaluador a la ciudadana: Irene Navarro, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.732.307 y V-15.312.627, respectivamente, quienes encontrándose presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de Ley. Constituido por el Tribunal en las siguientes direcciones indicadas por la parte actora, en los bienes inmuebles que a continuación se determinan: 1) Una (1) villa (unidad de vivienda recreacional) la cual consta de una habitación, dos baños, una sala comedor, tuberías para la instalación de una cocina, instalación de aguas negras y blancas, lavaderos, pisos de cerámicas y / o caico, con su techo acabado en madera y tejas, distinguida con la letra y número “T-10” del sector “Tijuana”, ubicado en la Urbanización Santa Isabel, Vía Sotillo, Higuerote Estado Miranda.- 2) Una (1) villa (Unidad de vivienda recreacional) la cual consta de una habitación, dos baños, una sala-comedor, tubería para la instalación de una cocina, instalación de aguas negras y blanca, lavaderos, pisos de cerámica y /o caico con su techo acabado en madera y tejas, distinguida con la letra y número “T-08”, del Sector “Tijuana” y 3) Una villa (Unidad de vivienda recreacional) la cual consta de una habitación de dos baños, sala-comedor, tuberías para la instalación de una cocina, piso de cerámica y /o caico, son su techo acabado en madera y tejas, distinguida con la letra y número “T-09” del Sector “Tijuana”, cuyas áreas, linderos y demás especificaciones de los tres (3) inmuebles (Villas) (Unidades de viviendas recreacionales), se encuentra señalados en la correspondiente comisión, a los fines de practicar la Entrega Material, decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. El Tribunal seguidamente procede a dar los toques de Ley a las puertas que dan acceso al interior de cada uno de los inmuebles donde estamos constituidos, no respondiendo en ninguno de ellos al llamado, por lo que se utilizó los servicios de un cerrajero, designado para tal efecto al ciudadano: Julio César Terán M., mayor de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad N° 10.546.876, quien encontrándose presente aceptó el cargo y prestó el juramento de Ley, actuando en el ejercicio de sus funciones, procedió a la apertura que da acceso a cada una de las villas objeto de la medida, haciendo el Tribunal el recorrido en el interior de los inmuebles y finalizado el mismo hace Entrega Material y efectiva de las Villas antes mencionadas libres de bienes y personas, no encontrándose prendas y objetos de valor, la villa distinguida con la letra y número “T-10” a los ciudadanos: Freddy Oropeza y Marisela Marrera de Oropeza, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.716.267 y V-4.083.321, respectivamente; la distinguida con la letra y número “T-8”, al ciudadano: Lexter José Apruzzese, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.851.878 y la distinguida con la letra y número “T-9”, a los ciudadanos: Horacio Castro y María Isabel Padilla, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 283.069 y 625.395, respectivamente, quienes la reciben conformes. El Tribunal una vez cumplida su misión ordena su regreso a la mañana (10:00 a.m.). Es todo.- Terminó se leyó y conformes firman.-
El Juez,


Dr. Juan Carlos Varela R.



El apoderado de la parte actora,


Dr. Harvey Abbruzzuse W.

La parte actora,

Freddy Oropeza
Cerrajero,

Julio César Terán Marcano.




La Perito Avaluador,

Irene Navarro.



El Representante de la Depositaria Judicial,

Dr. Carlos Rivas.


La secretaria,


Hilda Palma.


CMS N° 125-2.003