Los Teques, 17 de marzo de 2.003.
192º. Y 143º
Por cuanto, tal como consta de autos, en audiencia celebrada en fecha 21 de Enero del 2002, por ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Juicio de esta Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, le fue impuesto al joven IDENTIFICACION OMITIDA, venezolano, cédula de identidad No. XXXXXX, de 18 años de edad, nacido el día 07/08/84, hijo de los ciudadanos IDENTIFICACION OMITIDA y IDENTIFICACION OMITIDA, residencia OMITIDA, el cumplimiento de las Medidas de Imposición de Reglas de Conducta y Libertad Asistida, por el lapso de Un (1) año, de conformidad con lo establecido en los artículos 603, 624 y 626, todos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, contándose el cumplimiento de las medidas a partir del 15/03/2002, por ser responsable de la comisión del delito Robo, previsto en el artículo 458, del Código Penal. Ahora bien, mediante auto dictado por este tribunal en fecha 18/03/02, el cual cursa a los folios 85, 86 y 87, se realizó el computo correspondiente a las medidas sancionatorias impuestas al prenombrado ciudadano, cuya fecha de culminación corresponde al día 15 de marzo del 2003.
Ahora bien, revisado una vez más el computo practicado por este Tribunal y constatado como ha sido el cumplimiento de las Medidas Sancionatorias impuestas al joven adulto IDENTIFICACION OMITIDA, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente en Función de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, ordena: LA CESACION de las medidas de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 645 y 647, literal “h”, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrense las correspondientes boletas de notificación y remítase copia certificada del presente auto al Servicio de Libertad Asistida del Servicio Estadal de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia del Estado Miranda. CUMPLASE CON LO ORDENADO.
La Juez.,
CONSTANZA GONZALEZ FRANCO
La Secretaria
GINETH OUTUMURO PULIDO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria
GINETH OUTUMURO PULIDO
CGF/GOP/gha
1E-123/02
|