ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DICTA LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: “PRIMERO: Vista la sustancia puesta de vista y de manifiesto ante este Despacho, asì como el Acta Policial suscrita por el Agente MIGUEL RODRIGEZ, adscrito a la Divisiòn de Patullaje de Caucagua y muy especialmente lo dicho por el adolescente imputado, considera quien aquì decide que existen suficientes elementos de convicción para presumir que estamos ante la presunta comisiòn del delito tipificado en el artìculo 36 Ley Orgànica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotròpicas, esto es el delito de POSESIÒN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, y que el adolescente aquì presente pudiera ser autor del mismo. Por lo tanto se admite la precalificación Jurìdica esgrimida por la Representante Fiscal. Por cuanto el adolescente ha manifestado ser consumidor, a los fines de la comprobación respectiva, tal y como lo prevee el artìculo 114 de la Ley Orgànica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotròpicas, se ordena la pràctica de los Exàmenes Mèdico, Psicològico, Psiquiàtrico y Toxicològico en la Medicatura Forense con sede en Caracas, quienes deberàn remitir a la brevedad posible a este despacho las resultas correspondientes. TERCERO. Dado que nos encontramos en presencia de la presunta comisiòn de un hecho punible, se ordena continuar la presente causa por el Procedimiento Ordinario y a los fines del aseguramiento necesario se impone al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, la Medida Cautelar menos gravosa prevista en el literal “b” del artìculo 582 de la Ley Orgànica para la Protecciòn del Niño y del Adolescente, como lo es la entrega bajo cuido y vigilancia de su representante legal. En esta misma sala de audiencia se produce el Egreso del adolescente imputado. Lìbrese Boleta de Egreso. En este estado, se deja constancia que encontràndose presente el Padre del adolescente el ciudadano DELGADO PEREZ JOSÈ, titular de la cèdula de identidad Nº V- 6.402.844, fecha de nacimiento 07-02-64, quien se compromete en este Acto a vigilar el comportamiento de su adolescente hijo y presentar una vez por mes un Informe sobre el comportamiento del mismo, en relaciòn a los avances en sus estudios y actividades deportivas y cotidianas. Lìbrese los correspondientes oficios. En este estado, se declara concluida la presente Audiencia. Es todo, terminò, se leyò, y conformes firman".
LA JUEZ DE CONTROL N° 1
DRA. MARÍA TERESA SANCHEZ ORELL
LA FISCAL 18° DEL MINISTERIO PÚBLICO
DRA. TERLIA CHARVAL
EL DEFENSOR PÚBLICO
DR. CIPRIANO CHIVICO
EL ADOLESCENTE IMPUTADO
IDENTIDAD OMITIDA
EL ALGUACIL
MAGVIRI ARIAS
EL SECRETARIO
ABG. MARCO ANTONIO GARCÍA
ACT N° 1C 398-03
MTSO/MG.-
|