REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO, SECCION ADOLESCENTES
GUATIRE.
TRIBUNAL DE EJECUCION



Guatire, 26 de Marzo del año 2.003
192º y 144º



Causa N° 1E132-02

Adolescente: (Identidad Omitida. Art. 65 y 545 de la L.O.P.NA.).

FISCAL 18 ° DEL MINISTERIO PUBLICO, DR. OMAR JIMENEZ

Defensa: DRA. CAROLINA PARRA (Defensora Pública Octava
Especializada)

Victima: CARPIO MAURERA ANGEL MANUEL.

Delito: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y
PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO (Art. 460, 80 y 278
todos del Código Penal)


Al adolescente (Identidad Omitida. Art. 65 y 545 de la L.O.P.NA.) mediante decisión del Juzgado de Control Nº 1 de este Circuito Judicial en fecha 16 de Octubre de 2001 le fue impuesta la medida de Libertad Asistida, prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión de los delitos de Robo Agravado en Grado de Frustración y Porte Ilícito de Arma de Fuego, en perjuicio del ciudadano CARPIO MAURERA ANGEL MANUEL, debiendo cumplir dicha medida en un lapso de Dos (02) Años.

Ahora bien, visto el oficio N° 138-2002 de fecha 13 de Mayo de 2002, emanado del Centro de Atención Comunitaria “Juan Pablo Sojo” con sede en Guatire, el cual corre inserto al folio Ciento Veintinueve (129) del presente expediente en el cual informan que el adolescente (Identidad Omitida. Art. 65 y 545 de la L.O.P.NA.), asistió a dicho centro en fecha 07-05-02 a los fines de cumplir con la medida de Libertad Asistida que le fue impuesta, procede este Juzgado de Ejecución a practicar cómputo de conformidad con lo previsto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia el adolescente (Identidad Omitida. Art. 65 y 545 de la L.O.P.NA.) permanecerá cumpliendo la Medida de Libertad Asistida en el Centro de Atención Comunitaria “Juan Pablo Sojo” con sede en Guatire, por un periodo de DOS (02) AÑOS, a partir del día Siete (07) de Mayo de 2002, y la misma culminará el día Siete (07) de Mayo del año 2004. Notifíquese a las partes. Líbrese oficio al mencionado centro. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION,


DRA. ZUMILDE BARRETO HERNANDEZ.


LA SECRETARIA,


En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado.


LA SECRETARIA,


EXP: Nº 1E132-03
ZBH/YHM/lp.