REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide:
PRIMERO: CON LUGAR LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acoge a la precalificación realizada por el Fiscal del Ministerio Público, en cuanto al delito contemplado en el artículo 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos.
TERCERO: Se impone la medida cautelar sustitutiva de libertad contenida en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, a los investigados BUSTAMANTE GUZMAN NESTOR RENE y ALAYON FLORES RICHAR ANDRES, titulares de las Cédulas de Identidad No. V.-17.074.007 y V.-17.225.788, por lo que deberá presentarse cada quince (15) días por el lapso de seis (6) por ante la Oficina de Alguacilazgo de ésta extensión judicial. Líbrese Boleta de Excarcelación.

DRA ADALGIZA MARCANO
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. JOSE MORENO