REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide:
PRIMERO: CON LUGAR LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acoge a la precalificación realizada por el Fiscal del Ministerio Público, en cuanto al delito contemplado en el artículo 278 del Código Penal, y se apega al artículo 5 ejusdem.
TERCERO: Se imponen las medidas cautelares sustitutivas de libertad contenidas en el artículo 256 ordinales 3°, 4° y 7° del Código Orgánico Procesal Penal, al investigado ESPOSITO CANOCHIOLLI ALFREDO ALBERTO, titular de la Cédula de Identidad No. V.-6.970.711, por lo que deberá presentarse cada quince (15) días por el lapso de seis (6) meses por ante la Oficina de Alguacilazgo de ésta extensión judicial, la prohibición de ausentarse de la jurisdicción del Estado Miranda, así como la separación inmediata de su residencia a los fines de evitar posibles agravios. Líbrese Boleta de Excarcelación.

DRA ADALGIZA MARCANO
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG JOSE MORENO