2M-910/01
27 DE MARZO DEL 2003
CAMEJO RAMON ALCIDES

Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de República y por autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de libertad interpuesta por la Defensora Pública Penal, Dra. YAMILLE RODRIGUEZ LAREZ a favor del ciudadano CAMEJO RAMON ALCIDES de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal y RATIFICA la decisión dictada por este Juzgado en fecha 28 de noviembre del 2002.

Publíquese, regístrese, notifíquese, diarícese y líbrese la correspondiente Boleta de Traslado a los fines de imponer al acusado de autos.
EL JUEZ SEGUNDO DE JUICIO,

DR. CARLOS E. BOLIVAR FUNES

LA SECRETARIA

ABG. NAIR RIOS
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
LA SECRETARIA

ABG. NAIR RIOS




ACT. N° 2M-910/01
CEBF/NR/maria.-