2M-920-02
RATIFICACION DE MEDIDA PRIVATIVA
27 DE MARZO DEL 2003
BLANCO VERTIA JEAN CARLOS

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA la medida de PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD impuesta al ciudadano BLANCO VERTIA JEAN CARLOS, identificado con la Cédula de Identidad No. V.-14.327.543, conforme a lo previsto en los artículos 250 y 251 ordinales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal reformado.

Regístrese. Déjese Copia Autorizada. Notifíquese.-
EL JUEZ SEGUNDO DE JUICIO,


DR. CARLOS E. BOLIVAR FUNES
LA SECRETARIA,


ABG. NAIR J. RIOS CH.


En esta misma fecha se registró la presente decisión.


LA SECRETARIA,


ABG. NAIR J. RIOS CH.




ACT. N° 2M-920-02
CEBF/NJRCH/maría.-