REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES
Los Teques,25 de Marzo de 2003.
192° y 143°
Vistas las actuaciones que integran el presente expediente, en especial la diligencia que antecede, y habiéndose llenado los extremos de Ley, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, DISCIERNE EL CARGO DE CURADOR AD-HOC, de la niña: ESBERLYS NATHALI LEAL HERNANDEZ, en la persona del ciudadano: SANCHEZ PEREZ WALTER RAMON, titular de la cédula de identidad Nro: V-14.674.738, conforme a lo establecido en el artículo 110 del Código Civil.
Y por cuanto la presente causa alcanzó su fin natural, SE ORDENA el cierre y Archivo del presente expediente, remitiéndolo al archivo judicial para su resguardo y cuido. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejándose copia certificada inserta en autos, previa constancia de las mismas en el libro diario llevado por esta Sala de Juicio.
EL JUEZ
Dr. ROCCO OTELLO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
Abg. SAMANTA ALBORNOZ
EXP NRO 1434-2003
RO-SA-cr.
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