REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN BARLOVENTO
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSIÓN BARLOVENTO. Guatire, 26 de MARZO del año 2003.-
192° y 144°
Por cuanto de la revisión efectuada por este Juzgado a la Contestación a la Demanda, efectuada por la ciudadana CLAUDIA MARGARITA PEREZ RANGEL, en su carácter de parte demandada, se evidencia que la misma manifestó: “rechazo el ofrecimiento hecho por el ciudadano ISIDRO DA SILVA GOUVEIA, por insuficiente y no cumplir con los mínimas necesidades del adolescente (...)”. En consecuencia, vista la negativa de la ciudadana arriba señalada, a recibir la cantidad de dinero ofrecida por el ciudadano ISIDRO DA SILVA GOUVEIA, a favor de su hijo, este Tribunal da por terminado el presente procedimiento y ordena el archivo del expediente. CUMPLASE.-
LA JUEZ
DRA. AIDA LEON DE OBADIA
LA SECRETARIA
ABG. JUDITH LOVERA PEDRON
EXP. N°. 03/2980
ALO*JLP*Jheyddy**