REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN BARLOVENTO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION
BARLOVENTO.
GUATIRE, 31 DE MARZO DE 2003.-
AÑOS 192° Y 144°.-



Vistas y analizadas las actas procesales que conforman la presente causa este Tribunal observa que el dinero recibido procedente de Empresas Polar específicamente del Fondo de Trabajadores de la referida Empresa, correspondiente al de cujus CRUZ GERMAN BLANCO, a favor de sus hijos, plenamente identificados en autos, fue utilizado para la manutención y erogaciones de los mismos de conformidad con el segundo aparte del artículo 274 del Código Civil y por cuanto se evidencia del Estado de Cuenta emanado del Banco Industrial de Venezuela de fecha 24 de septiembre de 2002 que no presenta saldo en la misma, la cual cursa al folio 66 del presente expediente; es por lo que este Tribunal acuerda dar por terminado el presente procedimiento y ordena el cierre y archivo del presente expediente constante de (67) folios útiles. Devuelvanse los documentos originales a la parte interesada. Remítase el presente expediente al Archivo Judicial. Cúmplase.-
LA JUEZ,

LETICIA MORILLO DE CARDENAS.-


EL SECRETARIO,

ABOG. WALFREDO MENDEZ ARAY.-





LMC/WMA/Edgar.-
Exp. S-199/95.-