REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 19 de Mayo de dos mil tres (2003).
193° y 144°
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos SOL ANGEL BETHENCOURT TOVAR y SEGUNDO VASQUEZ GONZALEZ, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.457.627 y E-81.529.280 respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurias, en un lote de terreno de Propiedad Municipal, ubicada en Lagunetica, Sector Mataruca, casa nro. 12, Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro, Los Teques , Estado Miranda. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la Abogada CARMEN ALVAREZ , inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 56.501. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO C.
En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones al promovente, conforme lo ordenado anteriormente.-
LA SECRETARIA
EXP. NRO. 39152
HJAS/ICBC/yd..