REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; diecinueve (19) de mayo de dos mil tres (2003).
193° y 144°
Vistas las actuaciones que anteceden este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara las mismas TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano MARÍA REGINA JARAMILLO RIVERA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.819.517, sobre unas bienhechurías ubicadas en la Culebra, Sector Don Blas de la población San Antonio de Los Altos, Municipio Autónomo Los Salias del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, devuélvanse todo lo actuado incluyendo la solicitud la cual procede redactada por la abogada PERLA LÓPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 64.663, déjese constancia en el Libro Diario que lleva este Tribunal del presente año.
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,
HJAS/icbc/lci
Exp. N° 39153