JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 26 de mayo de 2003


Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente el escrito suscrito en fecha 12 de mayo del presente año, por la ciudadana ANAIS GUZMAN MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.6.424.893, asistida por la abogada en ejercicio SOLANDA SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 20.311, por una parte y por la otra la ciudadana ELBA TRONCOSA DE LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.5.128.380, debidamente asistida por el abogado en ejercicio VICTOR JUVENAL HIQUERA VASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº.75.165, parte demandada y parte actora respectivamente , donde consta TRANSACCION JUDICIAL celebrada y suscrita por las partes, en el juicio que por NULIDAD DE VENTA, es seguido ante este Juzgado, este Tribunal por cuanto observa que la misma versa sobre materia en la cual no está prohibida la transacción el imparte su aprobación y en consecuencia HOMOLOGA la misma en los términos expuestos, entre las partes, todo de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena suspender la medida recaída sobre el inmueble objeto del presente procedimiento, en tal sentido se ordena oficiar al Registrador Subalterno del Municipio Urdaneta del Estado Miranda, a fin de participarle lo conducente, de igual modo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas del escrito contentivo de la transacción con inclusión del presente auto. Para la elaboración de las certificaciones ordenadas se autoriza a la Abg. ROSANGEL MARIN, quien las expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1° de la Ley de Sellos.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
LA SECRETARIA,

Abg. ROSANGEL MARIN