JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

Vista la diligencia presentada por el abogado JUAN LUIS LUBO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, de fecha 29 de abril de 2003, mediante la cual solicita aclaratoria de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 25 de abril de 2003, alegando que no se tomó en cuenta la solicitud presentada el 03 de abril del 2003, en la cual se rectifica el apellido correcto del ciudadano FERRIOLO MINARDI MASSINO. Así como el Municipio Plaza a quien hay que participar de la decisión
Este Tribunal para resolver observa:
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente se evidencia que tanto de la solicitud de fecha 03 de abril del 2003, como de los recaudos acompañados a la misma, se evidencia que el apellido y nombre del solicitante es FERROLI MINARDI MASSINO, y en consecuencia se ordena a la Primera Autoridad Civil del Municipio Plaza del Estado Miranda hacer la debida nota marginal en el Acta de Matrimonio y no FERIOLI MINARDI MASSIMO a quien se ordenó a la Primera Autoridad Civil del Municipio Acevedo del Estado Miranda hacer la debida nota marginal en el Acta de Matrimonio, así como quedo expuesto en el cuerpo del fallo dictado por este Despacho, y así se decide, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Queda así acordada la aclaratoria solicitada por la representación judicial de la parte solicitante, de conformidad con lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, a los seis días del mes de mayo del dos mil tres. AÑOS: 193º de la Independencia y 144º de la Federación.
Déjese copia de la presente actuación en el copiador de sentencia respectivo llevado por este Despacho.

EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

LA SECRETARIA,

Abg. ROSANGEL MARIN

VJGJ/nr
Exp N° 13502