REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO LABORAL LOS TEQUES


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques 21 de mayo de 2003.

193° y 144°

Por cuanto que en fecha 06 de enero de 2003, la Doctora GLORIA GARCIA ZAPATA, se reintegró a sus labores habituales, se avoca al conocimiento de la presente causa.

Analizadas las actas que conforman el presente expediente, contentivo del juicio de Calificación de Despido interpuesto por la ciudadana AZUCENA GUEVARA contra la empresa CHINA STRES, el Tribunal observa, que desde el día 15 de abril de 2002, no se evidencia de autos actuación alguna del actor, tendente a la materialización de la citación de la demandada, lo que esta Juzgadora entiende como una demostración del desinteres procesal del accionante de continuar con esta causa, que quedó paralizada en estado de admisión, y como quiera que entre la referida fecha y la presente ha transcurrido más de un año de inactividad procesal de parte, es procedente aplicar al caso en estudio, el dispositivo contenido en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, procedimiento por tanto la perención de la instancia, y así expresamente se declara. Así se decide. Terminado como se encuentra el presente juicio, el Tribunal ordena la remisión del mismo a los archivos judiciales. REMÍTASE.


GLORIA GARCIA ZAPATA
JUEZ TITULAR

CORINA RODRIGUEZ SANTOS
SECRETARIA TITULAR

NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

SECRETARIA TITULAR

EXP.N °5042