REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 27de Mayo de 2003
193° Y 144°


DISPOSITIVA

Sobre la base de lo expuesto este Juzgado Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: Con lugar la solicitud de archivo de actuaciones formulada por la defensora del imputado PEREZ DIAZ CONCEPCION, titular de la cédula de identidad No. V-6.395.697, y en tal sentido decreta el ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, y en consecuencia ordena el CESE INMEDIATO de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas y la condición de imputado, pudiendo ser reabierta la investigación cuando surjan nuevos elementos que así lo justifiquen, previa autorización de este Tribunal, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal.
Es Justicia que administra este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Estado Miranda.
Regístrese, déjese copia autorizada y notifíquese a las partes.

EL JUEZ,

DR. JOSÉ AUGUSTO RONDÓN.
LA SECRETARIA,

DRA. MARIANGELA LAYA.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA,

DRA. MARIANGELA LAYA.
Exp: 2C 5118/00
JAR/ML/lola.-