ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DICTA LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: “PRIMERO: Surgen suficientes elementos de convicción para considerar que estamos en presencia de la presunta comisiòn del hecho punible tipificado en el artìculo 36 de la Ley Orgànica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotròpicas, esto es la presunta comisiòn del delito de posesión de sustancias estupefaqcientes y psicotròpicas y que el adolescente aquì presente pudiera ser autor del mismo. Estos elementos se desprenden de Actas Policiales que cu5rsan al expediente en estudio y de sustancia que ha sido puesta de vista y manifiesto antes este despacho. Ante lo cual, SE ADMITE LA PRECALIFICACIÒN JURÌDICA esgrimida por la fiscalìa. SEGUNDO: A los fines de descartar que estemos en presencia de un adolescente consumidor, se ordena la practica de una experticia mèdica, psiquiàtrica, psicològica y toxicològica a ser practicadas por el Servicio de Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones, Cientìficas, Penales y Criminalìsticas de la ciudad de Caracas. Lìbrese oficio. TERCERO: Dado que nos encontramos en presencia de la presunta comisiòn de un hecho punible, a los fines del aseguramiento necesario por parte del Estado es preciso imponer una medida cautelar. Analizado el caso concreto, el daño social ocasionado y la posibilidad de que el adolescente sea consumidor de sustancias estupefacientes, se impone en este acto, MEDIDA CAUTELAR contenida en el literal “B” del artìcul9o 582 de la LOPNA, esto es la obligación del adolescente de someterse al cuidado y vigilancia de su madre, es decir, de su representante legal, quien deberà informar al tribunal una vez al mes el cumplimiento de la medida. En este acto se hace presente en la Sala de Audiencias, la madre del adolescente imputado, ciudadana, Dumont Cristina Encarnación, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. 6.732.433 fecha de nacimiento 16-11-65, quien se compromete al cuido y vigilancia de su hijo. En este estado se da por concuìda la presente audiencia”. Es todo, terminò, se leyò y conformes firman.
LA JUEZ DE CONTROL NO. 1
DRA MARIA TERESA SANCHEZ ORELL
LA FISCAL 18 DEL MINISTERIO PÙBLICO
DRA TERLIA CHARVAL
EL SECRETARIO
ABG MARCO GARCÌA
EL ADOLESCENTE IMPUTADO
IDENTIDAD OMITIDA
LA REPRESENTANTE LEGAL
EL ALGUACIL
LEONARDO MATA