REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO, SECCION ADOLESCENTES
GUATIRE.
TRIBUNAL DE EJECUCION

Guatire, Veintidós (22) de Mayo del año dos mil Tres (2003)
193º y 144º

ADOLESCENTE: (Identidad Omitida. Art. 65 y 545 de la L.O.P.NA.)

FISCAL 18º DEL MINISTERIO PUBLICO, DR. OMAR JIMENEZ.

DEFENSA PRIVADA, DR. ANGEL RAMON ZAMORA A.

VICTIMA. LA COLECTIVIDAD

CAUSA: OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS Art. 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas.-

Visto el Informe Evolutivo del Plan Individual cursante a los folios 19 al 25 de la segunda pieza del presente expediente, procede este Tribunal de Ejecución a la Revisión de las Medidas de LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA que en fecha 21 de Octubre de 2002, impusiera el Tribunal de Control N º 2 de este Circuito Judicial Penal Sección de Adolescentes del Estado Miranda con sede en Guatire, al adolescente (Identidad Omitida. Art. 65 y 545 de la L.O.P.NA.), todo de conformidad con lo previsto en el literal “E” del Artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; y del mencionado Informe se desprende que el citado adolescente se ha logrado incorporar al Sistema Educativo, ya que actualmente se encuentra estudiando, en la E.B “Creación Caucagua” Séptimo Grado.-

En cuanto al área Social familiar tenemos que la madre biológica del adolescente se encuentra detenida en el INOF, por lo que (Identidad Omitida. Art. 65 y 545 de la L.O.P.NA.) fue acogido por su tía y el grupo familiar de ésta, quienes le han manifestado todo el apoyo y cariño que el joven necesita, de igual forma sus familiares aseguran que el adolescente es un muchacho que desde que está con ellos no les ha dado motivo de preocupación sino todo lo contrario tiene buen comportamiento.-

En el área recreativa deportiva se conoció que este joven ha sido incorporado al equipo de Futbolito de la selección del Municipio Acevedo y realiza sus prácticas deportivas los días sábados y jueves.-

La actitud general de (Identidad Omitida. Art. 65 y 545 de la L.O.P.NA.) es de colaboración, ha asistido con regularidad y puntualidad a todas las citas pautadas, viste acorde con su edad, y sexo, su apariencia personal es agradable, es poco comunicativo, acata las normas y sugerencias que le son impartidas se conduce con respeto hacía el personal que labora en el Servicio respeta la figura de autoridad, ha adquirido conciencia de problemática.-

Asimismo, se puede observar del Libro de Presentaciones llevado por este Tribunal de Ejecución, que el adolescente (Identidad Omitida. Art. 65 y 545 de la L.O.P.NA.) ha cumplido a cabalidad con las presentaciones ante este Despacho, y a cumplido de esta manera con todas las Reglas de Conducta que se le señalaron en su debida oportunidad.-

De todo lo anteriormente expuesto se evidencia que se están cumpliendo los objetivos planteados en el Plan Individual realizado al adolescente (Identidad Omitida. Art. 65 y 545 de la L.O.P.NA.) y por cuanto dichos objetivos no son contrarios al proceso del desarrollo del adolescente, es por lo que este Tribunal de Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, ORDENA no modificar, ni sustituir las Medidas de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta, a tenor de la atribución contenida en el literal “A” del Artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, como es vigilar que se cumpla plenamente de acuerdo con la sentencia que la ordena. ASI SE DECIDE.-
Regístrese, publíquese, déjese copia y notifíquese a las partes.-.

LA JUEZ DE EJECUCION,


DRA. ZUMILDE BARRETO HERNANDEZ
LA SECRETARIA,



DRA. YADIRA HENRIQUEZ MACHADO



En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA,



DRA. YADIRA HENRIQUEZ MACHADO

Exp. Nº 1E182/02.
ZBH/YHM/