República Bolivariana de Venezuela
Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques.
Juez Unipersonal Nº 2.
Los Teques, 12 de Mayo del 2.003
193 y 144
Visto las actas que integran el presente expediente, en especial la diligencia que antecede, suscrita por el ciudadano Orlando Abrams Cristians, plenamente identificado en autos, debidamente asistido de abogado, mediante la cual solicita sea fijado un Régimen de Visitas Provisional, y por cuanto dicha solicitud no es manifiestamente ilegal ni impertinente es por lo que este Tribunal ACUERDA de conformidad lo solicitado, y en atención al principio fundamental de la Ley Especial por la cual se rige esta Sala de Juicio, como se encuentra establecido en el Artículo 08 de la misma (Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) el cual establece expresamente: “...El Interés Superior del Niño es un principio de interpretación y aplicación de esta Ley, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los niños y adolescentes. Este principio está dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños y adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías...”, e igualmente establece el Artículo 385 ejúsdem que el padre o la madre que no ejerza la patria potestad, o que ejerciéndola no tenga la guarda del hijo, tiene derecho a visitarlo y este a su vez el derecho de ser visitado, comprendiendo dicha visita no solo el acceso a la residencia sino cualquier otra forma de contacto entre el niño o adolescente y la persona a quien se le acuerde la visita, tal como se encuentra expresamente establecido en el Artículo 386, ibídem, se fija PROVISIONALMENTE, mientras dure el presente Juicio, un Régimen de Visitas supervisado por la Lic. Omaira Gragirena, Trabajadora Social adscrita a el Equipo Multidiciplinario de esta Sala de Juicio, en beneficio de la niña Daniela Carolina Abrams, el cual será cumplido en la Sede de este Tribunal, los días Miércoles y Viernes, en un horario comprendido entre la 1:00 p.m. y las 3:00 p.m.- Conste.-
El Juez
Dr. Rocco Otello
La Secretaria
Abog. Beatriz Carolina Girón
Motivo: Régimen de Visitas
Expediente N° 6961/2002
RO/BG/Ma.-
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