REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE LOS TEQUES

República Bolivariana de Venezuela



Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques
Juez Profesional N° 2



Los Teques, 02 de Mayo del 2003
192 y 144

Visto las actas que conforman el presente expediente, y evidenciándose de la revisión del mismo, que en fecha 28/04/2.003, oportunidad para que tuviera lugar el PRIMER ACTO CONCILIATORIO en la presente causa, con motivo de Divorcio, fundamentado en el Ordinal 2° del Artículo 185 del Código Civil, no compareció la parte actora, ciudadana ROSA VICTORIA DÍAZ MARTÍN, ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial, y siendo esto, causal de EXTINCIÓN DEL PROCESO, de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, en el cual se establece que: “ ...La falta de comparecencia del demandante a este acto será causa de extinción del proceso...” SE DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PRESENTE CAUSA, en Consecuencia, SE ORDENA el cierre y archivo del presente expediente, previa devolución por Secretaría de los originales que requieran las partes, y certificación de los mismos. Conste.-
EL JUEZ


DR. ROCCO OTELLO

LA SECRETARIA


ABOG. BEATRIZ CAROLINA GIRÓN











Motivo: Divorcio 2°
Expediente N° 4110
RO/BG/Jg.-