República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial

En Su Nombre
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques
Juez Profesional Nº 2
Los Teques, 26 de Mayo del 2003
192º y 144º
“Vistos”

Las actuaciones que anteceden, éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, evacuadas las testimoniales de los ciudadanos ZAMBRANO VELAZCO FILOMENA, venezolana titular de la cédula de identidad Nº 4.274.503, Y ANGARITA COLMENARES WILLIAN OMAR, venezolana titular de la cédula de identidad Nº 5.676.924, respectivamente de 57 y 43 años de edad, los cuales manifestaron conocer al solicitante asegurando que es cierto todo lo expuesto en el libelo, sin perjuicios de terceros, de igual o mejor derecho, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus, ANIBAL CONTRERAS MARQUEZ, ex titular de la cédula de identidad N° V-9.207.571, a su esposa ciudadana: EREIDA DEL CARMEN ROJAS DE CONTRERAS, y a sus hijos los adolescentes y niño: EDGAR ALEXANDER, KEILA NILEIDYS Y ANIBAL FRANSUA CONTRERAS ROJAS, respectivamente de 15, 14 y 07 años de edad. Devuélvase todo lo actuado, incluyendo la solicitud.
Déjese constancia en el Libro Diario llevado por ésta Sala de Juicio, así mismo, y por cuanto la presente causa alcanzó su fin natural, SE ORDENA el cierre del presente expediente, remitiéndolo al Archivo Judicial para su resguardo. Cúmplase.-
EL JUEZ

Dr. ROCCO OTELLO
LA SECRETARIA

Abg. BEATRIZ CAROLINA GIRÓN

MOTIVO: DECLARACIÓN ÚNICOS Y UNIV. HEREDEROS
EXPEDIENTE Nº 1622
RO/BCG/gigi.-