TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUIDCIAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSION BARLOVENTO. Guatire, 27 de mayo del año 2003.-
193° y 144°
Vista la diligencia que antecede, suscrita por la ciudadana FLOR LIRIO ALMEIDA, en su carácter de parte actora en el presente procedimiento, mediante el cual procede a desistir del presente procedimiento, y solicita la devolución de las Partidas de Nacimiento de sus hijos, este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia se pronuncia de la siguiente manera:
PRIMERO: Homologa el desistimiento interpuesto por la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Ordena devolver previa certificación en autos los originales de los documentos que corren insertos a los folios 4 y 5, del presente expedientes.
TERCERO: Da por terminado el presente procedimiento, ordena del archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial. CUMPLASE.-
LA JUEZ
DRA. AIDA LEON DE OBADIA
LA SECRETARIA
ABG. JUDITH LOVERA PEDRON
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA
ANG. JUDITH LOVERA PEDRON
EXP. N°. 01/1278
APB*JLP*mm**
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