REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diez (10) de noviembre de dos mil tres (2003).
193° y 144°
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de los derechos de terceros y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana AÍDA DUARTE ROMERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-10.170.412, sobre las mejoras y bienhechurías ubicadas en SANTA ROSA, SECTOR LAS CADENAS, CASA NÚMERO 49, JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DEL ESTADO MIRANDA. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud, la cual precede redactada por la abogada CARMEN ÁLVAREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 56.501. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA,
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA,
HJAS/jcrv
Exp. No. 39.631
En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA,
ICBC/jcrv
Exp. No. 39.631