REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques; diez (10) de noviembre de dos mil tres (2.003).
193° y 144°
Vistas las actuaciones que anteceden, presentadas por los ciudadanos MARIA ISABEL CUELLO DE HIDALGO, YOVANNI ALBERTO HIDALGO GARCIA, JOSÉ LUIS HIDALGO, CARLOS ALBERTO HIDALGO CUELLO, este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente bastante para asegurar los derechos que tengan en la sucesión, a los ciudadanos MARIA ISABEL CUELLO DE HIDALGO, YOVANNI ALBERTO HIDALGO GARCIA, JOSÉ LUIS HIDALGO, CARLOS ALBERTO HIDALGO CUELLO, del de-cujus LUIS ANIBAL HIDALGO CHAVEZ, titular de la cedula de identidad No. 618.001, quien falleció ab-intestato en fecha 01/06/2003, según consta en el acta de defunción expedida por el Prefecto del Municipio Autónomo Guaicaipuro del Estado Miranda, bajo el numero 445. Devuélvanse todo lo actuado incluyendo la solicitud la cual procede redactada por la abogada en ejercicio Katiusca Díaz Hurtado, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.69.527. Déjese constancia en el Libro Diario que lleva este Tribunal del presente año.
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,
HJAS/icbc/fapa.
Exp. N° 39639