REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Los Teques; diez (10) de Noviembre de dos mil tres (2.003).

193° y 144°

Vistas las actuaciones que anteceden, presentadas por la ciudadana BLANCA EMERITA GUERRERO DE DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 622.222, este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente y bastante para asegurar los derechos que tengan en la sucesión, a los ciudadanos RAMONA MORALES DE GUERRERO, NESTOR ORLANDO GUERRERO MORALES, JESÚS ALBERTO GUERRERO MORALES, NELSON GERARDO GUERRERO MORALES, LOURDES GRISELDA GUERRERO de DELGADO, JORGE DAVID GUERRERO MORALES y BLANCA EMERITA GUERRERO de DÍAZ, del de-cujus PEDRO GUERRERO SERRANO, titular de la cédula de identidad N° V-154.379, quien falleció ab-intestato en fecha 27 de agosto de 2003, según consta en el acta de defunción expedida por la Prefectura del Municipio Autónomo Guaicaipuro del Estado Miranda, bajo el numero 692, folio 292. Devuélvase todo lo actuado incluyendo la solicitud, la cual procede redactada por el abogado en ejercicio CARLOS RUSSONIELLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.552. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.

EL JUEZ,

HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,



EXP. N° 39596
HJAS/ICBC/bd*