REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 06 de Noviembre de 2003
193° y 144°
Vista la anterior solicitud proveniente del Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Guatire, presentada por el ciudadano BRUNO EMILIO SERRANO, debidamente asistido por la abogada ANA MERCEDES ROJAS DE FARIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.91.070, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano BRUNO EMILIO SERRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. V- 612.339, sobre las mejoras y bienhechurías, en una Parcela de Terreno propiedad Municipal, ubicada en calle Gascón, N° 17, Municipio Zamora, Guatire, Estado Miranda. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la Abogada ANA MERCEDES ROJAS DE FARIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.91.070. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA.
En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones al promovente, conforme lo ordenado anteriormente.-
LA SECRETARIA,
HJAS*cm.
EXP. 39627.