REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques doce (12) de noviembre de dos mil tres (2003).-
193° y 144°
---Vista la diligencia de fecha 29 de octubre de 2003, suscrita por el abogado JOSE ARMANDO VELAZCO, en su carácter de autos, y la solicitud en la misma contenida, este Tribunal por cuanto observa que se encuentra vencido el lapso para que la parte perdidosa diera el cumplimiento voluntario de la obligación, se decreta la EJECUCION FORZOSA de conformidad con lo establecido en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil y en consecuencia se decreta EMBARGO EJECUTIVO sobre el siguiente inmueble constituido por un lote de terreno y la casa sobre él construida que tiene una superficie de aproximadamente QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (544, Mts2), que esta situado en el lugar denominado Santo Domingo, situada en el lugar denominado La Peña, al final de la carretera La Boyera, en jurisdicción del Municipio San Antonio de Los Altos, Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda, el cual se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En recta de veinticinco metros con sesenta centímetros (25,60 Mts) con terrenos que son o fueron de Norberto Manuel Bello Cartaya, desde un botalón marcado Nº 2 que constituye su extremo Noreste; ESTE: Partiendo del botalón número ya indicado, en recta de setenta y cinco metros (75 Mts) con terreno que son o fueron de Felipe Gagliardi, camino de por medio hasta llegar a otro botalón A3 que al igual que el anterior, se encuentra al borde del camino; y OESTE: Desde el botalón A3, en recta de setenta y tres metros (73 Mts), con terreno que es o fué del señor Herbet W. Strasser hasta llegar al botalón marcado A2 que sirve de punto de partida al presente alinderamiento. Dicho terreno tiene una superficie aproximada de mil setecientos metros cuadrados (1700 Mts2), y le pertenece al ciudadano Antonio José Castillo, titular de la cédula de identidad Nº 2.943.689, según documento debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro de Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 10 de abril de 1973, anotada bajo el Nº 4, Tomo 8, folio 12, Protocolo Primero, participándole el decreto de la medida ejecutiva. Para la práctica de la presente medida se comisiona suficiente al Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Guaicaipuro, Carrizal y los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en los Teques, a quien se ordena librar despacho junto con oficio. Líbrese despacho junto con oficio y remítase al Juzgado comisionado, dejando constancia de lo actuado .
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO.
ABOG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO.
ABOG. RICHARS MATA.
VJGJ/ldb
EXP.N°11166.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICIPURO, CARRIZAL Y LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA Y SEDE EN LOS TEQUES.-
HACE SABER:
Que en el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue ante este Tribunal la ciudadana RIVERO MELECIO JULIA contra CASTILLO NAVAS ANTONIO JOSE, que se sustancia en el Expediente No.11166, este Tribunal por auto de esta misma fecha, decretó el EMBARGO EJECUTIVO sobre el siguiente bien inmueble: constituido por un lote de terreno y la casa sobre él construida que tiene una superficie de aproximadamente QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (544, Mts2), que esta situado en el lugar denominado Santo Domingo, situada en el lugar denominado La Peña, al final de la carretera La Boyera, en jurisdicción del Municipio San Antonio de Los Altos, Distrito Guaicaipuro dl Estado Miranda, el cual se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En recta de veinticinco metros con sesenta centímetros (25,60 Mts) con terrenos que son o fueron de Norberto Manuel Bello Cartaya, desde un botalón marcado Nº 2 que constituye su extremo Noreste; ESTE: Partiendo del botalón número ya indicado, en recta de setenta y cinco metros (75 Mts) con terreno que son o fueron de Felipe Gagliardi, camino de por medio hasta llegar a otro botalón A3 que al igual que el anterior, se encuentra al borde del camino; y OESTE: Desde el botalón A3, en recta de setenta y tres metros (73 Mts), con terreno que es o fué del señor Herbet W. Strasser hasta llegar al botalón marcado A2 que sirve de punto de partida al presente alinderamiento. Dicho terreno tiene una superficie aproximada de mil setecientos metros cuadrados (1700 Mts2), y le pertenece al ciudadano Antonio José Castillo, titular de la cédula de identidad Nº 2.943.689, según documento debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro de Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 10 de abril de 1973, anotada bajo el Nº 4, Tomo 8, folio 12, Protocolo Primero, participándole el decreto de la medida ejecutiva.
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a objeto de que practica de la misma.-
Que se le faculta para nombrar depositario y perito y tomarles el juramento de Ley.-
Que la parte actora tiene como apoderados judiciales a los Abogados en ejercicio MANUEL FELIPE RIVERO GARRIDO, MANUEL ALEJANDRO GOMEZ VALDEZ, RAFAEL GOMEZ DIAZ y JOSE ARMANDO VELAZCO RAMIREZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 12.568, 53.900, 1.541 y 15.563, respectivamente.-
Que la parte demandada tiene como apoderados judicial al Abogado en ejercicio ARTURO JOSE YUSTI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.031.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la misma original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los doce (12) días del mes de noviembre del dos mil tres (2003).- AÑOS: 193º de la Independencia y 144º de la Federación.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO.
ABOG. RICHARS MATA
VJGJ/ldb.
EXP. N° 11166.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.-
Los Teques, 12 de noviembre de 2003
193° y l44°
OFICIO N° 0855-1891
CIUDADANO:
JUEZ EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
GUAICAIPURO, CARRIZAL Y LOS SALIAS DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
SEDE LOS TEQUES.-
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio y constante de un (1) folio útil, MANDAMIENTO DE EJECUCION librado en el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue ante este Tribunal la ciudadana RIVERO MELECIO JULIA contra CASTILLO NAVAS ANTONIO JOSE, que se sustancia en el Expediente No.11166, a fin de que se sirva darle cumplimiento al mismo, todo para la cual Ud., ha sido suficientemente comisionado y facultado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela.-
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele se sirva devolver original con sus resultas.-
EL JUEZ.
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/ldb
EXP. N° 11166.