REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, trece (13) de noviembre de dos mil tres (2003).-
193º y144º
Vista la diligencia de fecha 03 de noviembre 2003, suscrita por el abogado en ejercicio HERNAN POLONIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.304, en su carácter de representante legal de la entidad mercantil CONSTRUCCIONES DA VIVIENDA, mediante la cual solicita que en vista de que fue decretada la perención el día 06/10/2003, donde fue suspendida la medida prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal, se oficie al Registro Subalterno del Municipio Plaza del Estado Miranda, participándole de dicha suspensión, este Tribunal en consecuencia se abstiene de levantar la medida hasta tanto conste en auto la notificación de la parte demandante CONJUNTO RESIDENCIAL RUTA DEL SOL, en la persona de su Presidente ENDER FLORES ACEITUNEZ y/o a su apoderado judicial LUIS ALBERTO GONZALEZ REYES, mediante boleta, a objeto de notificarle que este Tribunal decretó la perención de la instancia en fecha 06 de octubre del 2003, notificación que hace de conformidad con el artículo 251 el Código de Procedimiento Civil. Líbrense boleta de notificación. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/nr
Exp. 11645
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 13 de noviembre de 2003
193º y 144º
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
Al CONJUNTO RESIDENCIAL RUTA DEL SOL, en la persona de su presidente ciudadano ENDER FLORES ACEITUNEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.7.831.623, y/o a su apoderado judicial LUIS ALBERTO GONZALEZ REYES, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue en contra de CONSTRUCCIONES DA VIVIENDA C.A., el cual se sustancia en el Expediente signado con el Nº 11645, que este Tribunal en fecha 06 de octubre del 2003, decretó la perención de la instancia en el presente juicio. Así mismo se le hace saber que una vez conste en auto la notificación comenzará a computarse el lapso de ley a los efectos de ejercer el recurso a que hubiera lugar contra la mencionada decisión. Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/nr
EXP. N°11645