REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, dieciocho (18) de noviembre del dos mil tres (2003).-
193º y 144º
Vista la diligencia suscrita en fecha 06 de los corrientes, por la abogada en ejercicio MARIA AUXILIADORA ALVAREZ, en su carácter de autos , mediante la cual se da por notificada de la decisión y solicita se notifique al demandado, se acuerda de conformidad lo solicitado, en consecuencia se ordena notificar mediante boleta a la parte demandada, Sociedad Mercantil AFP MOTORS C.A., en la persona de su representante legal, ciudadano FERNANDO PASCUAL BARRIOS, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 30 de octubre de 2003, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de notificación, entréguese al Alguacil del Tribunal encargado de practicar tales actuaciones y déjese constancia de lo actuado.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO.,

ABG. RICHARS MATA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/lisbeth
Exp. Nº. 12138

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 18 de noviembre de 2003
193º y 144º
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
A la Sociedad Mercantil AFP MOTORS C.A., en la persona de su representante legal, ciudadano, FERNANDO PASCUAL BARRIOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.5.143.269, que en el Juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS es seguido en su contra, por BUEN PASTOR LOPEZ SALAZAR, el cual se sustancia en el Expediente signado con el Nº 12138, que por auto de esta misma fecha se ha ordenado notificarle de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 30 de octubre del 2003. Así mismo se le hace saber que una vez conste en auto la notificación comenzará a computarse el lapso de ley a los efectos de ejercer el recurso a que hubiera lugar contra la mencionada decisión. Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES


VJGJ/lisbeth
Exp. Nº 12138