REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, dieciocho (18) de noviembre del dos mil tres (2003).-
193º y 144º
Vista la diligencia suscrita en fecha 13 de los corrientes, por el abogado en ejercicio JULIO BRAVO MONAGAS, en su carácter de autos , mediante la cual se da por notificado de la decisión y solicita se notifique al demandado, se acuerda de conformidad lo solicitado, en consecuencia se ordena notificar mediante boleta a la parte demandada, GIL ALBERTO PINTO DIAZ y/o a sus apoderados Judiciales MARIA MAGALI MACEDO Y GABRIELA MENA MACEDO de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 22 de octubre de 2003, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de notificación, entréguese al Alguacil del Tribunal encargado de practicar tales actuaciones y déjese constancia de lo actuado.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO.,
ABG. RICHARS MATA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/lisbeth
Exp. Nº 13038
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 18 de noviembre de 2003
193º y 144º
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
Al ciudadano GIL ALBERTO PINTO DIAZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.1.787.308 y/o a sus apoderados judiciales MARIA MAGALI MACEDO Y GABRIELA MENA MACEDO, que en el Juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO es seguido en su contra, por AGOSTINHA GONCALVES DE RODRIGUEZ, el cual se sustancia en el Expediente signado con el Nº 13038, que por auto de esta misma fecha se ha ordenado notificarle de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 22 de octubre del 2003. Así mismo se le hace saber que una vez conste en auto la notificación comenzará a computarse el lapso de ley a los efectos de ejercer el recurso a que hubiera lugar contra la mencionada decisión. Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/lisbeth
Exp. Nº 13038