REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, dieciocho (18) de noviembre del año dos mil tres (2003).

193° y 144°

Por cuanto el Doctor VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES, se reincorporo a sus labores habituales, se avoca al conocimiento de la causa.

Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado MANUEL J. HERNANDEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual consignó los fotostatos requeridos y solicitó sea librada la compulsa a la parte demandada ciudadana ROCIO ISABEL RABANEDA GOMEZ, y la notificación a la Fiscal del Ministerio Público, el Tribunal acuerda lo solicitado. En consecuencia ordena: PRIMERO: Librar compulsa a la parte demandada ciudadana ROCIO ISABEL RABANEDA. y SEGUNDO: Librar Boleta de Notificación a la Fiscal Undécima del Ministerio Público. Líbrese compulsa y boleta de notificación Cúmplase.-
EL JUEZ


Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO


Abg. RICHARS MATA


NOTA: En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en auto anterior.



EL SECRETARIO






VJGJ/Ana*
Exp. Nº 13857





JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, dieciocho (18) de noviembre de dos mil tres (2.003).-

193° y 144º

SE HACE SABER: A la ciudadana: ROCIO ISABEL RABANEDA GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V- 6.979.713, que debe comparecer ante este tribunal para PRIMERO: ACTO CONCILIATORIO, que tendrá lugar en este Despacho, pasado como sean (45) días siguientes, más un (1) día de termino de distancia después de la constancia en auto de haberse practicado la citación, a las 10:00 a.m., al cual deberá las partes deberan comparecer personalmente y podrá ser acompañado de parientes o amigos en número no mayor de dos (2) por cada parte, bajo la advertencia que de no lograrse la reconciliación, quedará emplazados para un SEGUNDO ACTO similar al anterior, a la misma hora y con los requisitos ya señalados y posteriormente, en caso de insistencia de la parte demandante en continuar el Juicio, quedarán las partes emplazadas para el QUINTO día de Despacho siguiente, a fin de que tenga lugar el ACTO DE CONTESTACION A LA DEMANDA a las 10:00 a.m.; Dará recibo al Alguacil en prueba de haber sido citados
EL JUEZ

Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO

Abg. RICHARS MATA

VJGJ/Ana
EXP. N° 13857






























REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA-

Los Teques, 18 de noviembre de 2003
193º y 144º


BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:

A la fiscal del Ministerio Público, Dra. NELIDA VILLORIA que este Tribunal por auto de fecha 27 de agosto de 2003, se acordó su notificación, a objeto de que actúe en el juicio de DIVORCIO y PARTICION DE BIENES, seguido por el ciudadano ALVARO JOSMAN HERNANDEZ LEON contra la ciudadana ROCIO ISABEL RABANEDA GOMEZ, como parte de buena fe y concurra a los actos a efectuarse en el mismo. Notificación que se le hace de conformidad con el artículo 132 del Código de Procedimiento Civil.

EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

LA NOTIFICADA,
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LUGAR:___________
DÍA:______________
HORA:____________

VJGJ/Ana *
EXP. Nº 13857