REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diecinueve (19) de noviembre del dos mil tres.-
193º y 144º
Vista la diligencia anterior de fecha 18 de noviembre de 2003, estampada por el abogado ORLANDO SANTORO, en su carácter de autos, mediante la cual solicita la devolución del instrumento en copia certificada del libelo de la acción con las resultas de su protocolización, a los fines de su registro, este Tribunal lo acuerda y ordena devolver previa su certificación por secretaria el documento solicitado, con excepción de aquellas que puedan ser certificadas, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos, devuélvanse el documento solicitado certifíquese las copias consignadas e insértense las mismas en el espacio correspondientes a los folios 57 al 69 y déjese constancia de lo actuado .-
EL JUEZ,
EL SECRETARIO,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
ABG. RICHARS MATA
---En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/lisbeth
Exp Nº 13174
El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que las anteriores fotostatos son traslados fiel y exacto de sus originales, los cuales corren insertos en el expediente Nº 13174, contentivo del juicio de TRANSITO sigue R.V. RODOVIAS DE VENEZUELA C.A., contra CEGELEC ATA S.A. Y ROYAL & SUNALLIANCE SEGUROS VENEZUELA C.A. Los cuales fueron autorizados por el Juez de éste Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos.- Los Teques, diecinueve (19) de noviembre del año dos mil tres (2003).-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, quien suscribe HACE CONSTAR: Que a los presentes folios 57 al 69 corrió inserto copias certificadas del instrumento del libelo de la acción con las resultas de su protocolización ante la Oficina Subalterna de Registro consignadas las cuales fueron desglosadas a solicitud de la parte interesada. Los Teques, diecinueve (19) de noviembre del dos mil tres.-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA