REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticuatro (24) de noviembre de dos mil tres (2003).
193º y 144º
Vista la diligencia que antecede de fecha 18 de los corrientes, suscrita por la abogada en ejercicio YAKELIN TABOADA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 47.588, en su carácter de autos, mediante la cual solicita que se comisione a un Juzgado del Area Metropolitana de Caracas, a fin de practicar la notificación de la parte actora. El Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado y en consecuencia se comisiona amplia y suficientemente a un Juzgado de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, con la finalidad de que se practique la notificación de la parte actora, Empresa COMERCIAL BELLOSO C.A. (COBECA), en tal sentido remítase adjunto a la comisión la boleta de notificación librada. Líbrese comisión junto con oficio al Juzgado Distribuidor de Municipios de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, adjuntándosele la boleta de notificación librada y déjese constancia de lo actuado.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
Exp. Nº. 12032

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIOS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
HACE SABER:
Que en el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) sigue ante este Tribunal COMERCIAL BELLOSO C.A. (COBECA) contra COMERCIAL LOS LLANEROS C.A., y NINO PISCITELLI D’ ADDIO, que se sustancia en el Expediente No.12032, Ud., ha sido suficientemente comisionado para que practique la notificación de la parte actora, Empresa COMERCIAL BELLOSO C.A., en la persona de los abogados IGNACIO BERRIZBEITIA y ANDREINA VETENCOUR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.538.296 y 11.314.145, respectivamente y a tal efecto se le remite la boleta de notificación librada.
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la práctica de la misma.-
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que la parte actora tiene como apoderados judiciales a los abogados en ejercicio IGNACIO BERRIZBEITIA LOPEZ y ANDREINA VETENCOURT, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 23.636 y 85.383, respectivamente.
Que la parte demandada no tiene apoderado judicial debidamente constituido.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la misma original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los veinticuatro (24) días del mes de noviembre de dos mil tres (2003). AÑOS: 193º de la Independencia y 144º de la Federación.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
Exp. N°. 12032

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 24 de noviembre de 2003
193º y 144º
OFICIO No. 0855-1955
CIUDADANO:
JUEZ DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIOS
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio despacho y boleta de notificación librada en el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) sigue ante este Tribunal, COMERCIAL BELLOSO C.A. (COBECA) contra COMERCIAL LOS LLANEROS C.A., y NINO PISCITELLI D’ ADDIO, el cual se sustancia en el Expediente No. 12032, a fin de que se sirva darle cumplimiento al mismo, todo para lo cual Ud., ha sido comisionado suficientemente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
Se le estima que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver original con sus resultas.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES


VJGJ/ag
Exp. Nº. 12032
Anexo: lo indicado