REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticuatro (24) de noviembre del año dos mil tres (2003).
193° y 144°.-
Vista la diligencia de fecha 19 de noviembre de 2003, suscrita por la abogada en ejercicio GRACE PATRUYO, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual consigna los fotostatos a los fines de que se libren las respectivas compulsas al demandado, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado y ordena librar las compulsas a la parte demandada conforme a lo ordenado en el auto de fecha 03 de noviembre de 2003.
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO.

ABG. RICHARS MATA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA.

VJGJ/lisbeth
EXP. Nº 12456

















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.

Los Teques, 24 de noviembre de 2003.
193º y 144º
OFICIO Nº 0855-
CIUDADANO:
SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL DE LA ALCALDÍA DEL
MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO MIRANDA.-
SU DESPACHO.-


Tengo a bien dirigirme a usted, en la oportunidad de hacer de su conocimiento que por ante este Juzgado cursa expediente signado con el Nº 12456, contentivo del juicio que por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES sigue la ciudadana GRACE PATRUYO, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO MIRANDA, y que por auto de fecha 03 de noviembre de 2003, se ha ordenado notificarle, de conformidad con lo establecido en el artículo 103 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal. A tal efecto se le remiten copias certificadas de la demanda y del auto de admisión.
Participación que se le hace a los fines legales consiguientes.

EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES.



VJGJ/lisbeth
EXP. Nº 12456
Anexo: Lo indicado



El suscrito ABOG. RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente N° 12456 (Nomenclatura de este Juzgado), con motivo del juicio que por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES siguen la abogada GRACE PATRUYO, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO MIRANDA, las cuales fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo l° de la Ley de Sellos. Los Teques, veinticuatro (24) de noviembre de dos mil tres (2003).
EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticuatro (24) de noviembre de dos mil tres (2003)
193° 144°.-
SE HACE SABER: A la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO MIRANDA, en la persona del Alcalde ciudadano WILMER SALAZAR, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.332.591, a fin de que transcurridos como sean cuarenta y cinco (45) días continuos siguientes a la constancia en autos de su intimación, y dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su Intimación, más un (01) día de término de distancia que se le concede, a los fines de que pague o acredite haber pagado o formule oposición a la misma, dará recibo al Alguacil encargado de practicar la citación acordada, como prueba de haber sido citado. Asimismo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 103 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, se acuerda la notificación mediante oficio, del Síndico Procurador Municipal de


la Alcaldía del Municipio Independencia del Estado Miranda., remitiéndole a tal efecto copia certificada del libelo de la demanda .

EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO.

ABOG. RICHARS MATA.

VJGJ/lisbeth
EXP. N° 12456
























El suscrito ABOG. RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente N° 12456 (Nomenclatura de este Juzgado), con motivo del juicio que por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES siguen la abogada GRACE PATRUYO, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO MIRANDA, las cuales fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo l° de la Ley de Sellos. Los Teques, veinticuatro (24) de noviembre de dos mil tres (2003).
EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA.