REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, veinticuatro (24) de noviembre de dos mil tres (2003).-
193º y 144º

Por cuanto fueron consignados los fotostatos respectivos, se desglosan los documentos ordenado en el auto que antecede-
EL JUEZ

Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO

Abg. RICHARS MATA

NOTA: En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-

EL SECRETARIO





JGJ/Ana*
Exp. Nº 13869



EL SUSCRITO, Secretario Titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques Abg. RICHARS MATA CERTIFICA: Que las anteriores copias son traslado fiel y exacto de sus copias simples y certificadas que corrieron y fueron desglosados en el día de hoy. en el expediente No.13869. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil vigente, y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, veinticuatro (24) de noviembre de 2003.



EL SECRETARIO


Abg. RICHARS MATA






Exp. Nº 13869
RM/Ana*.





Quien suscribe, abogado RICHARS MATA, Secretario Titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, quien suscribe, HACE CONSTAR: Que a los folios ocho (8) al once (11) y veintinueve (29) cursaron documentos en copias simples, a los folios doce (12) al veintiocho (28) y a los folios treinta (30) al sesenta y tres (63) cursaron documentos en copias certificadas del presente expediente, los cuales fueron desglosado del expediente para ser entregado a la parte interesada. Certificación que se hace de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la. Ley de Sellos. Los Teques, veinticuatro (24) de noviembre de dos mil tres (2003).-




EL SECRETARIO


Abg. RICHARS MATA









RM/Ana*
EXP. N°13869