REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticinco (25) de Noviembre de dos mil tres (2003).

193° y 144°
Vista la diligencia de fecha doce (12) de Noviembre de dos mil tres (2003), suscrita por el abogado PAÚL MILANES, en su carácter de apoderado actor, mediante la cual solicita la ejecución de la sentencia y oficie a la prefectura del Municipio Bejuma del estado Carabobo y al Registro Principal del Estado Carabobo, el tribunal por cuanto observa. Que definitivamente firme como se encuentra la presente decisión, se decreta SU EJECUCIÓN, en consecuencia se ordena librar los oficios a las autoridades de Registro civil correspondientes, adjuntándosele copias certificadas de la decisión con inclusión del presente auto. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y el artículo 1° de la Ley de Sellos.
EL JUEZ,

VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

Abg. RICHARS MATA
En la misma fecha no se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, por cuanto no fueron consignados los fotostatos.
EL SECRETARIO,

Abg. RICHARS MATA
VJGJ/mr
Exp. N° 976237