REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintiséis (26) de noviembre de dos mil tres (2003).-

Vista la diligencia de fecha 24 de noviembre de 2003, suscrita por el abogado ELYS MUNDARAIN SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 78.805, mediante la cual solicita le sea devueltas documento original de propiedad del vehículo, este Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado y en consecuencia ordena desglosar del presente expediente documento original de propiedad del vehículo cursante al folio (113), entréguese a la parte interesada previa certificación por secretaría de la copia fotostática consignada, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la Ley de Sellos. Cúmplase.-
EL JUEZ,


DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.

EL SECRETARIO,


ABG. RICHARS MATA
VJGJ/nr
EXP. N° 12800












Quien suscribe ABG. RICHARS MATA, Secretario de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las anterior fotostática es traslado fiel y exacto de su original que corrió inserto en el folio (113) del presente expediente signado con el N° 12800 ante este Tribunal, con motivo del juicio de TRANSITO seguido por CARBALLO CHACON CARLOS JOSE contra GRUPO BAZE A4. C.A., cuyas actuaciones fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto, y que se insertan en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la. Ley de Sellos. Los Teques veintiséis (26) de noviembre de dos mil tres (2003).-


EL SECRETARIO,


ABG. RICHARS MATA