REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintisiete (27) de noviembre del dos mil tres.-
193º y 144º
Vista la anterior solicitud, presentada por los ciudadanos MARIANELA CHUELLO DE RIVERA Y GERSI ADAULFO RIVERA HERNANDEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-3.889.697 y V-5.640.278 respectivamente, debidamente asistidos de abogado y por cuanto la misma se fundamenta en causa legal, no es contraria al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Así mismo por cuanto dicha solicitud esta fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil, de conformidad con el Articulo 132 del Código de Procedimiento Civil, se ordena notificar al Fiscal del Ministerio Publico, mediante boleta, anexándosele copia certificada de la solicitud y del presente auto, a fin de que comparezca ante este Tribunal dentro del plazo de diez días siguientes a su notificación, para que exponga lo que considere pertinente en relación a la misma. Librese Boleta.-
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
Abg. ROSANGEL MARIN
En la misma fecha no se dio cumplimiento a lo ordenado por cuanto no fueron consignados los fotostatos.
LA SECRETARIA,

Abg. ROSANGEL MARIN
VJGJ/lisbeth
Exp No 14094