REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, cinco (05) de noviembre del dos mil tres (2003).-
193º y 144º
Por cuanto de las actas procesales que conforman el presente expediente se evidencia que existe error en la foliatura en las piezas Nº 1 y 2, este Tribunal ordena la corrección de la misma a partir del folio dieciocho (18) de la primera pieza y a partir del folio doscientos noventa y cinco de la segunda, de conformidad con la norma contenida en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil, asimismo por cuanto se evidencia que en fecha veinte (20) de octubre de los corrientes se ordenó la remisión del presente expediente signado bajo el Nº 10224 mediante oficio dirigido al Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de esta misma Circunscripción Judicial, lo cual modificó el orden de la foliatura en el contenido de dicho oficio; En consecuencia se deja sin efecto el Oficio Nº 1774 y se ordena librar nuevo oficio. CORRIJASE FOLIATURA Y LIBRESE OFICIO.-
EL JUEZ.
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO.
Abg. RICHARS MATA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO.
Abg. RICHARS MATA.
VGJ/ldb
Exp. No 10224.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
LOS TEQUES. 193° y 144°
Los Teques, 05 de noviembre de 2003.
192º y 143º
OFICIO No. 0855-1865
CIUDADANO:
JUEZ SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y MENORES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
CON SEDE , LOS TEQUES.
SU DESPACHO.
Tengo a bien dirigirme a Ud., a fin de remitir adjunto al presente Oficio, Expediente Original signado con el No. 10224, contentivo del Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue ante este Tribunal la Sociedad Civil FUNDACIÓN EDUCATIVA “MARIA CASTELLANO” contra la UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA, constante de Tres Piezas Principales, Un (01) Cuaderno Separado y Un (01) Cuaderno de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales, la Primera de Doscientos Veintiuno (221) folios útiles, la Segunda de Doscientos Noventa y Ocho (298) folios útiles, la Tercera de Doscientos Noventa y Seis (296) folios útiles, el Cuaderno Separado de Cincuenta y Tres (53) folios útiles y el Cuaderno de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales constante de sesenta y tres (63) folios útiles.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/ldb
Exp. Nº. 10224.
Anexo: Lo indicado