REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, seis (06) de noviembre de dos mil tres (2003)
193º y144º

Vista la diligencia que antecede de fecha 22 de octubre de 2003, suscrita por el abogado JESÚS ACOSTA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, y el pedimento en la misma contenida en la cual solicita la notificación por boleta de la parte demandada, el Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado y en consecuencia ordena expedir boleta de notificación a la parte demandada ciudadano ISIDRO PEÑA CORDOVA y/o en su defecto en la persona de su apoderado judicial abogado ALFREDO RAMPHIS JIMENEZ, a objeto de notificarle de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 20-10-2003, notificación que hace de conformidad con el artículo 251 el Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de notificación. Cúmplase.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO.


ABG. RICHARS MATA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente

EL SECRETARIO.


ABG. RICHARS MATA



VJGJ/ldb
EXP.Nº 12070.-




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 06 de noviembre de 2003
193º y 144º
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
Al ciudadano ISIDRO PEÑA CORDOVA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.67.120 y/o en su defecto en la persona de su apoderado judicial abogado ALFREDO RAMPHIS JIMÉNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.696, que en el Juicio que por DESALOJO es seguido en su contra, por la Sociedad de Comercio TERRENOS EL LLANO PRIMERO, C.A., el cual se sustancia en el Expediente signado con el Nº 12.070, que este Tribunal en fecha 20 de octubre de 2003, dictó sentencia en el presente juicio. Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES





VJGJ/ldb
EXP.Nº 12070.-