REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, seis (06) de noviembre de dos mil tres (2003).-
193º y 144º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las mismas JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar a los ciudadanos MARCOS JOSE OSECHAS GODOY, LISBETH CAROLINA OSECHAS GODOY y ALEXANDER JOSE OSECHAS GODOY, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula No.’ 10.804.611, 13.128.703 y 14.907.564, respectivamente, en su condición de causahabiente (hijos), son Únicos y Universales Herederos del causante, ciudadano MARCOS JOSE OSECHAS, venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.313.385.Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud la cual se encuentra redactada por el abogado en ejercicio JOSÉ MANUEL ESPINOZA BRICEÑO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.64.560. Déjese constancia en el libro diario llevado por este Tribunal. Cúmplase.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

Abg. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO,

Abg. RICHARS MATA
VJGJ/df
Solicitud Nº.1774