REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 19 de Noviembre de 2.003
193º y 144
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA el cese de la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretada en contra del ciudadano VIVAS FREITES MIGUEL ANGEL; titular de la cedula de identidad: V-6.919.261, edad: 39 años; oficio: comerciante, domicilio: parque las América Residencias José Artigas, apartamento 6-B, Los Teques, Estado Miranda; hijo de: Margarita Freites (v) Angel Vivas (v), y a consecuencia de ello la LIBERTAD INMEDIATA del prenombrado imputado, imponiéndole la medida cautelar sustitutiva prevista en el numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual deberá obligarse mediante acta firmada a cumplir con lo previsto en el artículo 260 ejusdem.
Regístrese, publíquese, notifíquese a las partes, ordénese el traslado del imputado, déjese copia de la presente decisión.
LA JUEZ,
IRIS MORANTE HERNANDEZ
LA SECRETARIA,
DORCY GONZALEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
IMH/DOG/ob.-
CAUSA Nro.1CS1851-03