REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 11 de Noviembre del 2003.


DISPOSITIVA

Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de control del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: Analizadas las actas que integran el presente expediente así como la exposición de las partes, considera este Juzgado que no están dado los extremos a que alude el articulo 250 del código orgánico procesal penal, ya que el ciudadano TEXIERA ESTANQUIERO ADRIAN EMIGDIO ha consignado un porte de arma relativo a una pistola, Marca llamada; Calibre 9mm; serial 07-04-19471-98 lo cual se puede desprender que tiene fecha de vencimiento el 136-11-2006, por lo que este Tribunal decreta la libertad plena del ciudadano up supra identificado; por ultimo, considera este Juzgado que en la detención del Ciudadano, plenamente identificado en autos, no es flagrante SEGUNDO: Se acuerda la continuación de la presente causa por el procedimiento ordinario, de conformidad con lo previsto el articulo 373 del Código Orgánico Procesal penal, así como la apertura de la investigación en virtud de las circunstancia de tiempo y lugar como ocurrió la detención del imputado identificado en autos. TERCERO: Remítase las presente actuaciones a la Fiscalia actuante en su oportunidad legal Lábrense las correspondientes Boletas de excarcelación. Y ASI SE DECLARA.
LA JUEZ

NATTY MEDINA BARRIOS LA SECRETARIA


ANA CAPOTE CALERO



LA SECRETARIA




Causa: 25787-03